Una importante aportación del Congreso Toledo 10 es la definición de las personas que son el eje de FEAPS. Hasta la actualidad definíamos a las personas con discapacidad, con la expresión de "Personas con Discapacidad Intelectual". Este concepto además de tener un carácter discriminativo, en ocasiones integraba a personas que no presentan una discapacidad intelectual.
Por este motivo se ha adoptado el concepto de “Discapacidad del Desarrollo”. Es un concepto más amplio, ya que engloba tanto a las personas con Discapacidad como a personas que teniendo una discapacidad pueden no presentar limitaciones a nivel intelectual, por ejemplo una persona con Síndrome de Asperger.
A continuación os adjunto el documento "Aproximación a una definición de Discapacidades del Desarrollo", del elaborado por Javier Tamarit en el que se recoge muy bien este cambio de concepto y sus implicaciones.
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